domingo, 3 de noviembre de 2019

TIC y DERECHO



TIC Y DERECHO
 

Las Tecnologías de la Información y la Comunicación (TIC) en elcampo de la educación continúan siendo un punto de atención no sólo para las instituciones de educación superior en lo general, sino para los docentes y estudiantes en particular, pues los avances tecnológicos han sido incluidos en el aula, aunque en muchas ocasiones no han logrado el éxito esperado, sobretodo en determinadas áreas del conocimiento.
Tal es el caso de la carrera de Abogado, pues la enseñanza y el aprendizaje del Derecho se ha caracterizado por ser una de las denominadas profesiones tradicionalista y que se ha visto fuertemente marcada por la cátedra magistral como un proceso pedagógico centrado en el docente, misma que se ha eternizado y no ha permitido un cambio a lo largo de los años.
En este caso, la inclusión de la tecnología como factor determinante para la generación y apropiación del conocimiento se hace presente mediante la implementación de una práctica pedagógica basada en el uso de las TIC como herramientas que permiten formar a los abogados en la sociedad del conocimiento.

El uso de las TIC en la enseñanza y el aprendizaje del Derecho
Lo anterior significa que la potencialidad de las tecnologías no depende de ellas mismas, sino de los modelos sociales y pedagógicos en las cuales se utilicen (Hurtado, 2011), por lo cual se hace indiscutible que el abogado del nuevo siglo debe no solo ser formado en materia de las diferentes áreas del Derecho, sino también en fortalecer las herramientas tecnológicas que le permitirán desempeñarse de manera efectiva en la actual sociedad moderna. De igual forma el abogado juega un rol importante en la construcción de patrones normativos que permitan la implementación de las TIC al interior del aglomerado social.
De acuerdo con lo anterior es que se llevó a cabo este diagnóstico cuyo objetivo fue realizar un estudio diagnóstico respecto a qué tanto los docentes y estudiantes de la carrera de Abogado de una universidad pública mexicana conocían y utilizaban las tecnologías, y que a partir de los resultados presentados se pudiera continuar con la segunda parte del estudio, que es el de conocer hasta qué punto las TIC han permeado en el proceso de enseñanza y aprendizaje del Derecho.
En los resultados se muestra la resistencia clara respecto al uso de la tecnología tanto para el ámbito de la enseñanza como del aprendizaje del Derecho; a través de las respuestas obtenidas por parte de
docentes y estudiantes es que se da a conocer qué tanto utilizan, conocen y se apropian de las TIC.


Problemática



Con la entrada en vigencia de las TIC, las herramientas de enseñanza y aprendizaje se amplían impactando de manera directa en las actividades que se desarrollan en la sociedad posmoderna; en este sentido la educación en el aula universitaria no ha sido ajena a este proceso; sin embargo, aún se sigue considerando como incipiente la renovación de la práctica pedagógica de los docentes frente al uso y manejo de las TIC en el Derecho y sobre todo en la integración de estas tecnologías como herramientas para el aprendizaje de los abogados.
En la actualidad existe más apertura por parte de los estudiantes de Derecho hacia este tipo de herramientas tecnológicas, ya que dentro de los planes de estudio se incorporan asignaturas como Fundamentos de informática, Informática jurídica, Taller de informática aplicada al Derecho, entre otras; sin embargo, en muchas de las universidades estas asignaturas quedan relegadas como opcionales, por lo que el abogado en su formación tradicional las deja de lado para continuar formándose en las áreas básicas del Derecho.
En este sentido, las instituciones de educación superior que forman abogados mantienen el gran desafío de incorporar las tecnologías al proceso de enseñanza-aprendizaje, de tal manera que como lo señala Abdelnour (2014), existe una fuerte necesidad de cambiar de paradigma sobre la forma en que se aborda el proceso de enseñanza y aprendizaje del Derecho, por lo que es necesario pasar de un modelo tradicional, verbalista, discursivo y memorístico, a uno activo, centrado en el estudiante, que le permita desenvolverse de forma competente el ejercicio profesional y en la vida (Abdelnour, 2014). 
La inclusión de las TIC en la vida diaria se ha convertido no solo en una exigencia, sino en una necesidad, de la importancia de no dejar de lado la formación de los estudiantes de cualquier programa de educación en el uso de las TIC como herramientas en su desarrollo profesional.
En este sentido, la Asociación Mexicana de Internet (Amipci), en su octavo estudio sobre los hábitos de los internautas en México, publicado el 17 de mayo de 2012, menciona que en 2011 había 40,6 millones de usuarios de internet en nuestro país. Los dispositivos utilizados con más frecuencia para conectarse fueron PC (64%), laptop (61%) y smartphone (58%), cifra que se duplicó con respecto al año anterior (26%). El tiempo promedio diario del internauta fue de 4 horas con 9 minutos y las actividades realizadas fueron: búsqueda de 155


El uso de las TIC en la enseñanza y el aprendizaje del Derecho información (29%), utilización de correo electrónico (28%) y conexión a redes sociales (17%). Estas últimas son otro fenómeno que bien utilizado podría brindar grandes ventajas si se considera que 9 de cada 10 mexicanos acceden a alguna de éstas (AMIPCI, 2013).
Ahora bien a partir de estas cifras podemos señalar que existe un reto de gran magnitud en el uso de las TIC, y en este sentido los abogados y estudiantes de Derecho están quedando al margen de estos hechos, de tal manera que las experiencias de incorporación de la tecnología en los modelo formativos, han hecho que se intensifique la investigación en este campo de tal forma que se generen políticas educativas que simpaticen con la buenas prácticas, buscando la calidad en los procesos y la cobertura de los mismos, causando el menor traumatismo posible dentro de las instituciones y logrando la estandarización y éxito de la virtualidad educativa (Pineda, 2011).
Por su parte internet se ha convertido en una herramienta crucial como un medio para interactuar no solo en el ámbito académico, sino en la vida profesional y en la vida diaria, convirtiéndose en un medio de comunicación consiguiendo que por segundos se pueda dar a conocer información a cualquier parte del mundo; situación que no puede dejarse de lado para los abogados, pues si bien es cierto que la aplicación del Derecho se desenvuelve en su mayoría en un ámbito localista, se está revocado cada día con mayor fuerza, pues la influencia global también afecta a los procesos en particular.
De acuerdo con lo anterior, resulta importante resaltar que los primeros que se adapten a las innovaciones tecnológicas serán los que crearán ventajas competitivas y los últimos solo harán un esfuerzo por sobrevivir, de tal manera que los abogados y estudiantes de Derecho no deben ser agentes pasivos o simples espectadores frente a las TIC, sino por el contrario, deben formar parte del cambio, ser sujetos dinámicos, congruentes en su práctica y con la demanda de la sociedad (Pérez Ramírez, 2014).
Por su parte Llop (2015) ha señalado que los abogados se sienten abrumados por el “desembargo tecnológico” debido a que su profesión es demasiado estática, sin embargo es importante reconocer que las nuevas tecnologías han abierto un horizonte inmerso de posibilidades comerciales si se saben utilizar (Llop, 2015).
Para muchos abogados las tecnologías significan algo desconocido, propias de otras ramas del saber; reconocen que pueden servir, pero no comprenden cómo funcionan, y adentrarse en ellas les parece terriblemente complicado. De tal modo que al final llegan a la conclusión de que sino es fácil de explicar no es atractivo y a lo poco atractivo deben acercarse lo menos posible (Teijerio, 2010).
Lo anterior lleva a la reflexión respecto a la importancia de incorporar las TIC como herramientas de enseñanza y aprendizaje en la formación de los abogados, lo cual permitirá que en la presente década y en las venideras, el jurista se vaya enfrentado a las tecnologías con mayor seguridad.
Para tal situación el alumno debe comprender el potencial tecnológico que el actual panorama normativo pone en sus manos, ya que los instrumentos jurídicos de la participación y el acceso a la información cobran un especial protagonismo, no sólo como herramientas para los abogados, sino como una situación que requiere de la atención jurídica correspondiente.
Otra de las situaciones importantes a destacar es que como se señaló anteriormente, se requiere aumentar la investigación en este ámbito, pues son escasos los estudios encontrados en este sentido, la mayoría de las publicaciones contemplan artículos de opinión en el responden a las necesidades que el abogado tiene frente al uso de las TIC, sin embargo en cuanto a la enseñanza y aprendizaje del Derecho con TIC, son pocas las investigaciones referidas.

Marco teórico

De acuerdo con la UNESCO, en su documento relacionado con “Technologiesfor Education Parameters and Prespects” El uso de las TIC en la enseñanza y el aprendizaje del Derecho

La integración de las TIC en la educación es enorme, pero sus beneficios potenciales son muchos, ya que con las TIC el cielo es el límite, pero con éstas enfocadas a la educación, el cielo no es el límite, éste es la imaginación humana y la creatividad de la sociedad…
De tal manera que las políticas internaciones se han tornado a favor del uso pedagógico de las tecnologías. En este sentido la UNESCO reconoce que el uso de las TIC en educación puede ampliar el acceso a oportunidades de aprendizaje, mejorar los logros de aprendizaje y calidad de la educación incorporando métodos avanzados de enseñanza, así como impulsar la reforma de los sistemas educativos (UNESCO, 2009).
A partir de lo anterior y basado en las teorías constructivistas del aprendizaje y de la mediación tecnológica, es que se llevó a cabo este diagnóstico. Estas teorías sostiene y tratan el diálogo y la interactividad didáctica provocado y posibilitado en las mediaciones pedagógicas que hace que el estudiante los ejerza de un modo particular en el espacio diseñado para la interacción, estas posturas están fundadas en los aportes de Fainholc, (2004) y Coll, (2010).
Resaltando pues la importancia del constructivismo y su relación con el aprendizaje, la enseñanza y la mediación tecnológica, Gebera (2009) señala que esta apretada síntesis de la concepción constructivista, permite ubicar al estudiante como el impulsor de su propio aprendizaje, regulado por la acción mediadora del docente, a partir de acciones previstas en la instrucción, donde las tecnologías de soporte posibilitan interacciones generadoras de conocimiento que se traducen en resultados de aprendizaje (Gebera, 2009).
Diversas investigaciones en este sentido han demostrado que los profesores constructivistas, a diferencia de los profesores tradicionales, fomentan entre sus alumnos el uso de la computadora e internet para realizar actividades escolares. En contraste, los profesores tradicionales promueven, como sistema de aprendizaje, situarse frente a la clase a impartir la lección, limitando a los alumnos la oportunidad de pensar libremente y usar su creatividad, al mismo tiempo que tampoco promueven el uso de la tecnología en clase; situación que ha sido criticada de manera constante para el caso de la enseñanza del Derecho. Contrario a lo anterior la tendencia de la educación actual en el nivel superior es de flexibilizar y desarrollar medios a través de los cuales la integración de las tecnologías contribuya a realizar cambios estructurales en los procesos de formación; aunado a estas tendencias las acciones deben permitir identificar a los alumnos que poseen una asombrosa capacidad de adaptación en toda actividad que implica en particular el uso del internet y la computadora. Como ya se ha mencionado, este siglo ha sido marcado por la aparición de las TIC, y se destaca la transición de una sociedad de la información a una llamada del conocimiento, misma que se caracteriza por trabajar en la producción y reflexión de la información.


A partir de lo anterior la tarea consiste en atraer a los docentes hacia propuestas dirigidas a la creación de una nueva cultura de organización del trabajo para la enseñanza del Derecho, más allá del uso de aulas y el tiempo de manera convencional, es decir, que logren integrar repensar las estrategias desde la mediación tecnológica. De igual manera se requiere un aprendizaje y formación previa básica por parte de los docentes en el uso de plataformas digitales y, a su vez, trabajar en entablar relaciones con sus pares, esto puede ser a través de la conformación de redes docentes para que, con éstas pueda lograrse una cooperación tanto interna como externa, constituyendo esta actividad como un reto para la educación. Conforme a las palabras de Quesada C. E., (2011), se propone revisar la docencia y sobre todo las estrategias mediadas por tecnología, teniendo en consideración que una buena docencia descansa en la ejecución adecuada de cada una de las fases por las que transita la construcción significativa de conocimientos. A saber: comunicación al grupo de la tarea criterio,

El uso de las TIC en la enseñanza y el aprendizaje del Derecho determinación de ideas intuitivas y conocimientos previos, lograr una disposición positiva para el aprendizaje, enseñar, revisar y reafirmar lo aprendido y evaluar es la tarea a la cual debe estar comprometido todo el profesorado. De esta manera se hace no solo necesaria la reflexión desde la perspectiva del posicionamiento de la tecnología a nivel del aula de clases, sino también el análisis de la renovación de la práctica pedagógica magistral hacia una permeada forma proactiva por las TIC (Hurtado, 2011). En específico, en la enseñanza del Derecho es fundamental iniciar con el proceso de cambiar el modelo tradicionalista y de cátedra magistral a uno centrado en el estudiante, en el que éste asuma la responsabilidad de su aprendizaje y que su docente sea sólo el facilitador o mediador. Lo anterior es coherente con lo que dispone la doctrina en el sentido de que se ha operado un traslado de la responsabilidad de enseñar del profesor a la de aprender del alumno: “El docente antes era el maestro magistral, ahora debe ser el guía en el aprendizaje del alumno y mañana el preparador personal” (Benito & Cruz, 2005). Finalmente, no se puede dejar de lado señalar que la abogacía es una profesión cognitiva y los legendarios estresores en la educación legal y el ejercicio de la profesión pueden tener una tremenda influencia en la capacidad cognitiva (Austin, 2013).

Metodología


Con el objetivo de examinar los datos de manera numérica y a partir de ello conocer los resultados que se generan, este diagnóstico se realizó bajo un enfoque metodológico cuantitativo de tipo descriptivo, pretendiendo conducir los resultados a un sentido de compresión y contribuir al desarrollo del conocimiento. De igual forma durante el estudio no se manipularon variables por lo que se considera de tipo no experimental.


2 comentarios:

  1. bueno las tics con el derecho en esta época se desarrolla aun mas y están mas unidas como dice en la investigación el derecho con las tics es muy útil con los abogados,donde esta investigación me parece muy completa y útil para informarnos muy bien sobre esta carrera,es una muy buena investigacion y me parece muy útil

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  2. Este tipo de tecnologías han significado una herramienta muy importante al momento de desarrollar conceptos e información en este caso la tecnología servirá como factor determinante para la generación y apropiación del conocimiento que se hace presente mediante la implementación de una práctica pedagógica.

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